Vie. Abr 19th, 2024

A mi madre, hermanas, esposa e hijas.

Tema de moda en la actualidad, la equiparación entre el hombre y la mujer. De moda y perdiendo ya los papeles con el tema, porque no dudo que sólo ante la primera línea, ya habrá alguien que se haya sentido molesto porque no la he escrito describiendo la equiparación entre la mujer y el hombre, cuando realmente el orden de los factores no altera el producto.

En ese tema, en el de la equiparación real, Navarra lleva más de mil años de ventaja al resto de España, e incluso de Europa, tal es nuestra singularidad. Actualmente suelen encontrarse estudios que hablan de la sociedad navarra de la antigüedad como “matriarcado”, y motivos justificados hay para realizar tal matización. Si bien es cierto que no puede hablarse de un matriarcado literal, con preponderancia de la mujer sobre el hombre, tampoco puede hablarse de patriarcado en el sentido estricto, ya que como afirmo, la sociedad navarra de la antigüedad aplicó de excelente modo la equiparación tanto real como legal entre el hombre y la mujer.

Ante esta realidad se presentan grandes enemigos, por causa cultural. En su empeño de realizar una tabula rasa en lo concerniente a la historia peninsular, si la fuerza predominante en el estudio global es Castilla, todo el ámbito nacional debe de regirse por su mismo patrón. Y está claro que para nada fue así.

El comienzo de la divergencia se dio ya en tiempos bajo imperiales, en el ámbito particularmente religioso de nuestra región. Atendiendo a la doctrina predominante dentro del cristianismo que enraizó en nuestro solar, hombres y mujeres conocieron la primera equiparación en sus funciones, como actualización de unas libertades iniciadas por la cultura romana.

La primera gran mujer de Navarra (hablando siempre de la Navarra original, de la cerretana), singularmente recordada por su lance guerrero, es Sara la roncalesa. Mujer que con sus actos en batalla ganó el escudo para su valle, y nos dejó para la actualidad uno de nuestros más ancestrales relatos. Veo en ésta Sara fiel reflejo de todas las mujeres que acudieron a defender su hogar, en compañía de sus padres, hermanos y esposos. Codo a codo con ellos. Incluso después de mucho estudiarlo, encuentro en Sara el origen nominal del Salazar (Sarasazo, Sarrasaz) como el feudo de Sara, posiblemente obtenido como premio en reconocimiento a su valor. Desde entonces y durante el resto de la edad media, el devenir de Salazar y Roncal sería un devenir conjunto. En familia.

Pueden encontrarse relatos (todos ellos tardíos) de que las mujeres en esa ocasión fueron a luchar porque sus maridos tenían intención de degollarlas. Ejemplos como ese y bestialidades similares, son expuestos como condicionante de que una mujer –según la mentalidad del autor- no podía decidir por si misma acudir a batallar, teniendo que hacerlo por fuerza mayor al estar sometidas bajo mandato masculino. Olvidando, claro está, que si eso fuese cierto, por mucho que las mujeres hubiesen decidido batallar, su decisión no hubiese tenido ningún peso siendo degolladas igualmente. Eso es lo que ocurre en toda sociedad patriarcal.

El segundo ejemplo -ilustre ejemplo- de mujer lo encontramos en Onneca de Sangüesa, conocida por el sobrenombre de “la rebelde”. Sólo el sobrenombre ya nos da una idea de la libertad con la que contaba la mujer en la Navarra del siglo VIII, donde una mujer noble puede rebelarse, e incluso ser reconocida por ello. Resulta en exceso relevante su condición como Señora de Sangüesa, descrita en los códices, ya que es ella la que figura como Señora. Ni su padre, ni su esposo. Onneca. Podéis intentar buscar casos similares en el resto de la cristiandad por ese tiempo, a ver si encontráis alguna que por si misma ostentase un señorío. Aviso que lo tenéis bastante difícil.

Qué decir de Toda. Nuestra insigne Reyna Toda. Mujer que ya firmaba conjuntamente con Sancho las mayores donaciones que nuestros monasterios recibieron, viendo en los documentos existentes, en su propio texto, cómo las alusiones a la reyna no lo son por gentileza ó condescendencia, sino declarando una equiparación real entre el Rey y la Reyna, quienes realizan la donación de manera conjunta. Entre los dos.

Reyna que tras fallecer su marido como ya vimos tomó el reyno bajo su control directo. Y no lo hizo porque faltasen nobles en Navarra. Hombres de realenga condición que estuviesen dispuestos a intitularse como Rey. Lo hizo porque tenía potestad legal para hacerlo. Puede verse cómo ante esta realidad se señala con timidez a un pariente de Sancho, Jimeno Garcés, como regidor del reyno. Falso a solemnidad. Jimeno ejerció de tutor del infante del mismo modo que posteriormente veremos al abad de Leyre tutelando a Sancho el Mayor. Educándolo. Eso es una cosa, y dirigir el reyno…otra.

Prueba de ello son las acciones que ya vimos descritas en el capítulo anterior, donde Abderramán se reúne con ella como representante de Navarra, e incluso la culpa posteriormente de prepararle una buena en Zaragoza. A ella. Ni a Jimeno ni a ningún otro hombre de Navarra. Lo mejor de todo es que la batalla de Simancas, de donde el moro salió vivo por los pelos, también fue cosa de Toda. Orquestó el combate en complicidad con el resto de feudos cristianos (que para algo sus hijas se casaron con media Europa), resolviendo que Navarra combatiría por la cristiandad y no por los sarracenos, con el consabido resultado del lance.

La participación de Toda en éste jaleo no puede leerse en las crónicas castellanas. Tampoco en las leonesas. Tenemos que valernos de un clérigo suizo, ahí es nada, para demostrar documentalmente que Toda más allá de gobernar Navarra, era la voz de la cristiandad peninsular.

La cita, contemporánea a nuestra Reyna, es la siguiente:

“Un eclipse de sol se produjo alrededor de la hora tercia del día 19 de julio, en el año cuarto del rey Odón, viernes, luna 29. El mismo día, en la región de Galicia, un ejército innumerable de sarracenos fue casi aniquilado, menos su rey y 49 guerreros suyos, por cierta reina llamada Toda”

Una igualdad la de nuestras mujeres que llegó a crear conflictos incluso internacionales, a causa de los promotores galos de la que fue conocida bajo el nombre de “ley sálica”, donde se le impide a la mujer heredar la corona. En 1328 a la muerte del monarca navarro y a falta de un heredero varón, las Cortes de Navarra reconocieron como heredera a Juana II, en contra del criterio francés que intentó la coronación de Felipe de Valois como monarca navarro. Con la coronación de nuestra infanta Navarra pasó a ser independiente de la monarquía francesa, generando unos barros que veríamos deslizarse hasta los lodos de 1512.

La decisión de las Cortes de Navarra sobre la sucesión al trono fue notificada en París no por dos nobles, Condes o Duques, sino por dos clérigos muy navarros: Ochoa de Salinas, dominico, y Pedro de Aterravia, franciscano. Una demostración real de la implicación directa de la Iglesia de Navarra en contra de los primeros usos de una ley sálica que negaba reconocimiento legal a la mujer. Para que luego digan.

Pese a lo que pueda parecer no fue ni mucho menos una singularidad propia de las clases nobles. De las mujeres de buena cuna. Si algo puede demostrar que la equiparación legal de la mujer ya era un hecho en nuestra edad media, es la documentación medieval. Hay archivos hasta hartar, de donaciones y herencias que dejan muy muy claro este punto.

Un ejemplo de primer nivel lo tenemos en la donación que realiza en 970 una mujer, Auria de Lumbier, por mediación de otra mujer: la Reyna Andregoto. Doña Auria dona a Lisabe unas tierras que posee en el Salazar, y que en el momento de la donación eran trabajadas por su marido Lope. Marido que la acompaña como firmante en la donación. El documento deja meridianamente clara la independencia de la mujer, explicando que Doña Auria poseía esas tierras por haberlas heredado directamente de su abuela. Más claro…el clarete.

El propio caso de la Reyna Andregoto es significativo, ya que aun divorciada mantuvo el título de Reyna (tal y como lo muestra el documento) hasta terminar sus días en la localidad de Lumbier. Localidad que en la actualidad aún conserva un esbozo de su sepultura. En el atrio de la actual iglesia parroquial, podemos ver el frente del panteón que en su día albergó su sarcófago. Construido como panteón exterior sobre la estructura del primitivo castillo, dio pie a la construcción de la primera iglesia románica a su alrededor integrándose en ella como arcosoleo exterior. Llegados a la nueva construcción del XIII-XIV que contemplamos en la actualidad, fue macizado al completo dejándonos únicamente la impronta del panteón, apenas visible por su notable deterioro. No obstante siendo observadores, podemos admirarnos incluso ahí de la paridad real entre la mujer y el hombre de la Navarra medieval, cuando comprobamos que el escudo familiar de Doña Andregoto, se encuentra esculpido en compañía, en paridad, con el primer escudo de armas que vio la casa Jimena. A la misma altura, del mismo tamaño, uno junto al otro.

Pero el mejor ejemplo, el más claro exponente de ésta individualidad legal, lo encontré en un documento de mi propia ciudad. Fechado en el año de 1293, y escrito íntegramente en romance navarro, describe el testamento que realiza D. Sancho de Ull, vecino de la localidad. En dicho testamento deja constancia de su generosidad, entregando cantidades a varias congregaciones de frailes menores, entregando el mayor volumen de su legado (el industrial, tenerías etc) a su mujer Montessa, dejando el resto de posesiones (aún más que notables posesiones) a su hija Montesseta, describiéndose todas al detalle. En la descripción entra en diferenciaciones entre las posesiones, matizando las que heredó de sus propios padres (hablando de padre y madre, no sólo de padre) de las obtenidas por él mismo. Siendo uno de los documentos más completos y relevantes sobre la legislación hereditaria de nuestra edad media, contiene varios condicionantes excelentemente detallados. Dejando una notable cantidad de dinero para la dote de su hija (150 sanchetes) si desea desposarse, incluye el provecho que tendrá de su heredad, pudiendo vivir de las rentas en caso de no casarse. Herencia y rentas que nunca obtendría su marido, de tenerlo. Si se casara y tendría hijos dentro de un matrimonio legal, no de un “arrejuntamento” extramatrimonial (el donante lo expresa de manera insistente) toda su herencia podrá ser heredada por los hijos del matrimonio legal. Si tuviese hijos dentro de un matrimonio legal, y también de modo extramatrimonial, la herencia sería únicamente para los infantes del primer caso. Los tenidos en legalidad. De no tenerlos, o de sobrevivir sólo los extramatrimoniales, la herencia se mantendría en posesión de Doña Montesseta hasta su muerte, pasando a rentar posteriormente a Santa María de Roncesvalles.

Un suma y sigue de ejemplos que quitan el aliento a los defensores de una edad media donde la mujer estaba sometida al mandato masculino. No es cosa de antes y de otros lugares, que hace bien poco en una conversación con un vecino de mi localidad, me aseguraba de manera tajante que la mujer en la edad media carecía de derechos, que era una sombra…y tal y tal. Cuajo directo de nuestra particular leyenda negra, que intenta equiparar nuestro singular pasado con el resto de territorios, sin que tenga yo muy claro aún el por qué lo hacen, la verdad.

Parece que sólo mola el mencionar a la mujer de la edad media para asegurar que la iglesia las quemaba mediante acusaciones de brujería. De eso sí que encontraréis relatos, afirmaciones y convencimientos por cualquier lado donde miréis.

Se ve que eso sí interesa.

La realidad de nuestra tierra es la que es, y esta equiparación con la mujer nos ha sabido llegar hasta el día de hoy, pudiendo demostrarse. En Navarra y gracias a los fueros que mantienen nuestras merecidas singularidades, se da uso ordinario al Testamento de Hermandad. Modelo inexistente de ordinario en el resto peninsular, indica que cuando uno de los cónyuges fallezca, siendo indiferente cuál de ellos lo haga, todas las posesiones pasarán por derecho legal al otro cónyuge, por encima de reclamaciones de vástagos y la primogenitura.

Eso a día de hoy, y desde entonces.

Si hasta ahora me he limitado a recalcar ésta singularidad en el ámbito legal, hay que aclarar que no sólo en ese ámbito la sociedad navarra muestra una clara paridad con lo femenino. En lo religioso nada menos, podemos comprobar cómo la devoción Mariana en según qué épocas llega a ser incluso mayor a la mostrada a los Santos e incluso al Salvador. Ya en la edad media son recurrentes, e incluso de obligada mención las fórmulas sagradas de hacer las cosas en nombre, ó para, ó gracias a Dios y la Virgen María. Siempre Dios y Santa María. Siempre.

Dos grandes parroquias en Sangüesa: Santiago el Mayor, y Santa María la Real. Cinco actuales ermitas, siendo antaño templos parroquiales en sus diferentes comarcas; Nora, Magdalena, Socorro, Nuestra Señora del Camino y San Babil. ¿Quién no conoce el tremendo legado de vírgenes románicas que tiene Navarra?

Hace unos años tuve la inmensa suerte de participar en la concentración de nuestras vírgenes más emblemáticas celebrada en Pamplona, y como uno de los portadores de Nuestra Señora del Rocamador, pude admirarme de primera mano al comprobar que el culto mariano en Navarra sigue vigente, cuando miles de personas jalonaron el recorrido causando incluso dificultad a la hora de entrar en una catedral más que abarrotada.

A la mujer en Navarra no sólo se la respeta en igualdad, sino que se la venera. Incluso puede encontrarse cierto factor sociológico en esto, dentro de nuestra cultura popular. La cultura a pie de calle. Ejemplos los hay por doquier que lo ilustrarían, siendo el común de ellos el que ya he presenciado en más de una ocasión, donde gentes del sur peninsular que ha tenido a bien llegar a nuestra tierra, sale a la calle con una mentalidad claramente diferente a la nuestra. Originales de una tierra donde decir “hijoputa” a cualquiera es como dar los buenos días, pronto comprueban que aquí no es así, bailándole los dientes a alguno en la demostración.

Singularidades propias que ni son mejores ni peores que las demás, pero que son nuestras y como tal tenemos el derecho y la obligación de defenderlas. Defenderlas por encima de modas, alineaciones intelectuales, fobias ó intereses políticos de terceros.

Terminaré el capítulo de hoy asegurando que en Navarra la mujer no necesita empoderarse.

Siempre ha sido poderosa.

Rogelio Taboada

Cantero artesanal, escritor e historiógrafo sangüesino

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